Límites de compras al exterior: qué obliga ASFI a los bancos
Desde abril de 2026 los bancos deben permitir al menos USD 500 al mes con tarjeta de débito y aplicar el valor referencial del BCB sin recargo. Verificamos qué tan verificable es eso hoy.
Medición en vivo · paralelo.bo
El BCB no publica el valor referencial que la norma exige aplicar:
- Última lectura del valor referencial en nuestra serie
- 42 días sin publicar
- 18 de junio de 2026 · VRD Bs 9,7176 · VRV Bs 9,92
Medido contra las fuentes del BCB, actualizado cada hora. Metodología en /metodologia.
Lo que la norma obliga
Desde abril de 2026 existe un piso regulatorio explícito. La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) instruyó a las entidades financieras, mediante la Circular ASFI/938/2026, la Resolución ASFI/280/2026 y la Carta Circular ASFI/864/2026 del 10 de abril de 2026, dos cosas concretas:
- Permitir al menos USD 500 por mes en compras por internet y pagos en el exterior con tarjeta de débito.
- Aplicar el valor referencial del dólar estadounidense que publica el Banco Central de Bolivia, sin recargos adicionales sobre ese valor.
El primer punto es un mínimo, no un máximo: un banco puede ofrecer más, pero no menos. El segundo es el que casi nadie verifica, y es el que importa más, porque determina cuántos bolivianos le debitan por cada dólar que gasta afuera.
Por qué el tipo de cambio pesa más que el límite
Un límite mensual le dice cuánto puede gastar. El tipo de cambio aplicado le dice cuánto le cuesta realmente.
Con el oficial fijo en Bs 6,96 y el paralelo en torno a Bs 11,9, la diferencia entre una y otra referencia sobre una compra de USD 500 supera los Bs 2.400. Por eso la instrucción de ASFI no es un tecnicismo: define si su compra en Amazon se convierte a un valor publicado y auditable, o a uno que el banco fija por su cuenta.
La norma es clara en que debe ser el valor referencial del BCB. El problema es lo que sigue.
El BCB dejó de publicar el valor referencial
Aquí es donde la obligación se queda sin base.
El BCB publica dos series relacionadas: el Valor Referencial de Compra (VRD) —el precio al que las entidades financieras compran dólares a sus clientes— y el Valor Referencial de Venta (VRV), que es el VRD más las comisiones por transferencias al exterior y depósitos en efectivo. El VRV es el que corresponde a una compra con tarjeta en el exterior, porque usted está comprando dólares al banco.
Ninguna de las dos series se publica desde finales de junio de 2026. Lo verificamos directamente contra las fuentes del BCB: el endpoint del VRD devuelve error para cualquier rango posterior al 19 de junio, mientras que rangos anteriores siguen entregando datos normalmente. Es decir, el error no es una caída del servicio: es la forma en que responde cuando no hay nada publicado. La tabla del VRV se detiene pocos días después, en la última semana de junio.
El panel de arriba mide los días transcurridos desde la última lectura que tenemos registrada, y se recalcula cada hora. Si el BCB retoma la publicación, el panel desaparece solo.
Esto deja una situación incómoda de describir y fácil de comprobar: hay una instrucción vigente que obliga a los bancos a convertir sus compras a un valor de referencia que hoy no se publica. Mientras eso siga así, ningún cliente puede verificar de forma independiente si el tipo de cambio que le aplicaron corresponde al que la norma exige, porque el número contra el cual comparar no existe.
No es una acusación a ningún banco en particular. Es la constatación de que el mecanismo de verificación que la norma presupone está, temporalmente, fuera de servicio.
Qué puede hacer usted
Guarde el detalle de cada operación en el exterior. Su extracto muestra el monto en dólares y el monto debitado en bolivianos. Dividir el segundo entre el primero le da el tipo de cambio que le aplicaron. Ese número es el dato relevante, y conviene anotarlo con la fecha.
Compárelo contra las dos referencias. Si está cerca del oficial fijo (Bs 6,96), está pagando barato. Si está en torno al paralelo, está pagando el precio de mercado. La cotización de hoy y el histórico le sirven de contraste, y el panel del BCB de la portada muestra la última publicación oficial disponible.
Si el banco no le permite gastar USD 500 al mes con débito, o le bloquea la tarjeta sin justificación, la norma está de su lado.
Cómo reclamar (es gratuito)
ASFI establece un procedimiento en dos instancias, y ningún paso tiene costo:
- Punto de Reclamo de su propia entidad financiera. Es obligatorio empezar aquí. Presente el reclamo por escrito y pida el número de registro; sin ese número no hay constancia de que reclamó.
- ASFI, en segunda instancia, si la respuesta no llega o no le satisface. Puede hacerlo en cualquier oficina departamental, por la página web de ASFI, o llamando a la línea gratuita 800 103 103.
Conserve el extracto con la operación observada y el número de reclamo de la primera instancia. Sin esos dos elementos, la segunda instancia tiene poco con qué trabajar.
Límites por banco
Los montos concretos varían por entidad y por tipo de tarjeta, y cambian con más frecuencia de la que cualquier página puede seguir. Publicamos solo los que podemos verificar contra la propia fuente del banco, con la fecha de verificación al lado: ver la sección de bancos.
Una advertencia sobre lo que va a encontrar buscando en otro lado: gran parte de las cifras que circulan corresponden al régimen de restricciones de 2024, anterior a la instrucción de abril de 2026. Un dato de aquella época —por ejemplo un límite de USD 100 quincenales— puede haber sido correcto entonces y ser incorrecto hoy. Si una página no dice cuándo verificó el dato, no hay forma de saber a qué régimen corresponde.
Preguntas frecuentes
¿El mínimo de USD 500 aplica a tarjetas de crédito? La instrucción de ASFI se refiere al uso de tarjetas de débito para compras por internet y pagos en el exterior. Los límites de tarjetas de crédito dependen de la línea aprobada y del tipo de tarjeta, y se rigen por el contrato con la entidad.
¿Mi banco puede cobrarme una comisión encima del tipo de cambio? Las comisiones explícitas por el servicio son parte del tarifario de cada entidad. Lo que la instrucción no admite es un recargo aplicado sobre el valor referencial mismo, es decir, convertir a un tipo de cambio distinto del publicado por el BCB.
¿Qué pasa mientras el BCB no publique? La obligación sigue vigente. Lo que falta es la referencia pública contra la cual contrastarla. Por eso conviene guardar el detalle de sus operaciones ahora: si la publicación se retoma, podrá comparar hacia atrás.
¿Esto es asesoría legal? No. Es una lectura de normativa pública con la referencia de cada instrucción para que usted pueda leerla directamente. Para un caso concreto, consulte con el Punto de Reclamo de su entidad o directamente con ASFI.